1 revisión al año:
Con la nueva ley del RITE es obligada una revisión anual a todos los aparatos de gas. La revisión se realiza a partir del sexto mes del contrato.
Según el RITE que es la normativa vigente en materia de instalaciones de gas e instalaciones térmicas de edificios (Real Decreto 919/2006 y Real Decreto 1027/2007) definen la obligatoriedad de realizar anualmente una revisión de la instalación y aparatos y hace responsable del mantenimiento de la instalación y aparatos
al propietario, aunque tenga una garantía legal del fabricante.
Incluye:
Averías. Incluido el desplazamiento de todas las averías.